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IMPUESTO AL PATRIMONIO - Personas físicas, núcleos familiares y sucesiones indivisas





IMPUESTO AL PATRIMONIO 

Personas físicas, núcleos familiares y sucesiones indivisas





¿Qué es el Impuesto al Patrimonio?

Es un impuesto anual que grava el patrimonio localizado en Uruguay a la fecha del cierre del ejercicio fiscal (para este caso 31/12).

¿Qué es el Patrimonio?

Es la diferencia entre activos y pasivos fiscales.

Cuando hablamos de activos nos referimos a los bienes y derechos que posee una persona, por ejemplo: inmuebles, dinero en efectivo, cuentas a cobrar, entre otras.

Por otra parte los pasivos son obligaciones que posee una persona, por ejemplo préstamos bancarios.

Al hacer referencia de activos y pasivos a valores fiscales, nos referimos a que éstos están valuados de acuerdo a la normativa tributaria uruguaya.

¿Quiénes y cuándo deben liquidar el impuesto?

 Las personas físicas (cualquiera sea su edad, nacionalidad, capacidad y  país de residencia), núcleos familiares y sucesiones indivisas, deben calcular y liquidar el  impuesto en base a su patrimonio al 31 de Diciembre de cada año.

¿Cuándo son contribuyentes del Impuesto al Patrimonio las personas físicas, núcleos familiares y sucesiones indivisas?

 -  Las personas físicas que tengan en el país un patrimonio mayor al Mínimo No Imponible ($ 4.166.000 para el año 2018).

 -  Los núcleos familiares (cuenten o no con separación de bienes) que tengan un patrimonio en el país superior al doble del Mínimo No Imponible ($ 8.332.000 para el año 2018). 

 -  Las sucesiones indivisas, siempre que no exista declaratoria de herederos al 31 de diciembre de cada año y que el patrimonio neto fiscal supere el Mínimo No Imponible ($ 4.166.000 para el año 2018).

¿Cuáles son las tasas del impuesto?

Las tasas de impuesto dependerá del tipo de contribuyente:

- En el caso de las  personas físicas,  se aplicarán por escalas sobre el patrimonio gravado y van desde 0,4% a 0,7% para 2018.

- En el caso de los No residentes que no tributen el Impuesto a las Rentas de los No Residentes, deben aplicar las tasas por escala sobre el patrimonio gravado y van desde 0,7% a 1,5% para 2018.

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