Según Decreto publicado el 27 de enero de 2020, se establece una prórroga en la entrada en vigencia de la nueva forma de cálculo de las primas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, la cual será a partir del 1° de mayo de 2020.
Para quienes les interese ampliar, a continuación esta nuestro artículo publicado el 9 de setiembre de 2019:
Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales para Empresas Rurales
Desde el 1 de enero de 2020, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Contratos de Seguros (Ley 19.678), todas las empresas que estén incluidas en el régimen de Aportación Rural pasaran a tener una póliza individual de accidentes de trabajo.
La base de cálculo del seguro serán los salarios de los empleados dependientes del cuatrimestre anterior, y las tasas a aplicar van a depender de la categoría en la que esté incluida la empresa.
En los tres primeros años se establecieron bonificaciones a los efectos de disminuir el impacto en el sector (año 2020 60%, año 2021 40% y año 2022 20%).
A continuación detallamos las categorías de actividad principal determinadas por el BSE, así como las tasas reales a aplicar sin impuestos:
Todas las empresas que estén incluidas en este régimen deberán completar el formulario de datos de Aportación Rural antes del 30 de noviembre de 2019, informando actividad principal, correo electrónico,corredor a designar, entre otros datos.
El no cumplir con este proceso implicara que el BSE determine de oficio la tasa a aplicar.
Esta póliza se paga cuatrimestralmente, de acuerdo a la información aportada por el contribuyente al BPS.
Las fechas tentativas de pago son:
• 1er. cuatrimestre, en Junio (15/06/2020 única fecha comunicada por el BSE a la fecha).
• 2do. cuatrimestres, en octubre
• 3er. cuatrimestres, en febrero
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