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PRODUCTORES AGROPECUARIOS - Devolución de IVA en la compra de GAS OIL

  • Foto del escritor: Estudio Appoloni
    Estudio Appoloni
  • 16 jul 2019
  • 1 Min. de lectura

Los productores agropecuarios de leche, ganado bovino y ovino, arroz, flores, aplícolas, frutas y hortalizas que no tributen IRAE, contarán con la devolución del IVA incluido en la adquisición de GASOIL para el desarollo de estas actividades.


La devolución del IVA compra de GASOIL entra en vigencia el 1º de marzo de 2019 por un plazo de un año y presentará un límite máximo que dependerá del rubro y ventas de cada productor en el ejercicio.


A los efectos de facilitar el acceso a la consulta de los beneficiarios, compartimos el enlace a la web de la DGI https://servicios.dgi.gub.uy/ServiciosEnLinea/devoluciones-iva-gasoil--consulta-beneficiarios


Fuente: LEY Nº 19.595 de 16.02.018, LEY N° 19.602 21.02.018, Asunto N°2334 y N° 2358

 
 
 

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