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Domicilio Fiscal Electrónico

Actualizado: 7 jun 2019

¿Qué es el Domicilio Electrónico?

El Domicilio Electrónico es el sitio donde se podrán recibir comunicaciones y notificaciones de forma electrónica por parte de DGI; a través del Sistema de Notificaciones y Comunicaciones Electrónicas de AGESIC. En caso de subscribirse a otros organismos públicos también podrán recibir notificaciones.

Es importante tener presente que las notificaciones electrónicas tendrán la misma validez que las notificaciones personales que establece el artículo 51 del Código Tributario.

Los usuarios del sistema contarán con una bandeja centralizada de todas las notificaciones y comunicaciones a las que podrán acceder el titular y los lectores que éste designe.


¿Quiénes están obligados a constituir Domicilio Electrónico en DGI?

El Artículo 3 del Decreto 93/2018 establece que “Todas las personas físicas con o sin actividad empresarial que se vinculen de forma directa o indirectamente con la DGI tanto en su calidad de tales como en su calidad de titulares, socios, directores, accionistas, representantes u otros de personas jurídicas u entidades” estarán obligadas a constituir un Domicilio Electrónico.

Todas las personas que inicien trámites a partir del 10 de junio deberán contar con Domicilio Electrónico.

¿Cuál es el plazo y consecuencias de no constituir Domicilio Electrónico?

La resolución número 887/2019 de DGI, establece que el plazo para que los sujetos obligados constituyan Domicilio Electrónico es el 10 de junio de 2019.

A la fecha la única consecuencia de no constituir Domicilio Electrónico, es que a la hora de hacer un trámite se lo notifique y deba cumplir con la obligación en un plazo de 10 días, no especificándose multas por contravención.


¿Cómo establezco mi Domicilio Electrónico?

Para la creación de un Domicilio Electrónico de Personas Físicas suscrito a DGI primero debe registrarse como usuario ID Uruguay. El titular deberá contar con un usuario personal de ID Uruguay.

Para la creación de un usuario de ID Uruguay se debe ingresar los Servicios en Línea de la DGI, ingresando con la clave de acceso obtenida en ABITAB con cédula de identidad y copia.

Luego de completados los datos del formulario, recibirá en la casilla de correo preestablecida, un correo con un link para continuar la activación del usuario, así como también las instrucciones de cambio de contraseña del usuario de ID Uruguay.

Una vez activado el usuario de ID Uruguay, se debe ingresar en la web de la DGI (www.dgi.gub.uy) con ese usuario y contraseña a los Servicios en Línea de DGI para la creación del Domicilio Electrónico y seguir los pasos que se le irán indicando.

Por ultimo recibirá un mail confirmando que ha sido creado su domicilio.

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