En el día de hoy, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social publica la Resolución N° 55 que que habilita de manera excepcional el adelanto de la licencia a generarse en el año 2020, siempre que el mismo sea acordado entre el trabajador y empleador.
Las características para que se cumpla este acuerdo deben ser:
- Estar consignado por escrito y presentado ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
- Corresponder a la totalidad del período o a una fracción convenida previamente (nunca inferior a 10 días).
- El pago debe ser de acuerdo a la normativa vigente.
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